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Cambios en la normativa SEPA de remesas de recibos


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La normativa SEPA todos los años tiene cambios y en el mes de noviembre de cada año entran en vigor dichos cambios.

A continuación puede ver las normas SEPA versión básica y B2B emitidas por la Asociación Española de la Banca (AEB) que es compatible con las normas europeas Rulebook v1.0 2017 y de obligado cumplimiento para todas las entidades bancarias a partir del 19 de noviembre de 2017.

Con fecha 1 de febrero de 2016 finalizó el período transitorio de exenciones temporales de las normas SEPA y hubo importantes cambios en las normas SEPA y en noviembre de 2016 también entraron en vigor los cambios de dicho año.

Aunque el objetivo de estas normas es disponer de un sistema normalizado en toda la Unión Europea, la realidad, hasta ahora, es que cada entidad bancaria aplica los cambios a distintas fechas y no se ajustan estrictamente a las normas SEPA.

Cambios normas SEPA noviembre 2017

Los principales cambios de la normativa SEPA de adeudos domiciliados en las diferentes fechas son los siguientes:

  1. A partir del 1 de febrero de 2016
    • El único formato válido de fichero SEPA será el XML y desaparece el formato plano TXT.
    • Desaparece el cuaderno 58 de anticipos de crédito y el cuaderno 32 de remesas de recibos. El nuevo descuento de adeudos domiciliados es una remesa SEPA versión Básica o B2B con el mandato de domiciliación firmado por el cliente en su versión Básica o B2B.
    • Eliminación definitiva del CCC como identificador de cuenta bancaria por el nuevo IBAN para el 1 de febrero de 2016. A partir del 1 de febrero de 2016 el único identificador de cuenta bancaria es el IBAN.
    • Desaparición de los conversores automáticos de remesas y de CCC. En el período de transición SEPA las entidades bancarias facilitaron a algunos clientes la conversión de antiguos formatos de remesas a formatos SEPA, incluyendo la conversión de cuenta bancaria de CCC a IBAN. A partir del 1 de febrero de 2016 las entidades bancarias solo aceptan las remesas que reciba en formato SEPA XML.
    • No es obligatorio comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la zona SEPA, solo es obligatorio informar del código BIC en operaciones transfronterizas que no formen parte del Espacio Económico Europeo.
  2. A partir del 21 de noviembre de 2016
    • Desaparece el esquema de adeudos COR1 y el esquema de adeudos Core o Básico que hasta ahora exigía entre 5 y 3 días de antelación para notificar al banco una remesa, reduce el plazo hasta 1 día como tenía el esquema COR1. Los dos únicos esquemas son el Core o Básico y el B2B.
    • Deja de ser obligatorio diferenciar entre el primer adeudo y los siguientes recurrentes, tanto en el esquema Core como B2B.
    • Se mantiene la obligatoriedad de informar el código BIC en operaciones transfronterizas que no formen parte del Espacio Económico Europeo.
    • Nueva definición para el código SMNDA (mismo mandato con una nueva cuenta del deudor) que identificará un cambio en una cuenta del deudor. Antes, este código era mismo mandato con nueva entidad del deudor. Se simplifica al utilizar el mismo procedimiento para indicar un cambio de cuenta dentro del mismo banco o entre entidades financieras.
  3. A partir del 19 de noviembre de 2017
    • Se amplía el plazo de devolución de adeudos SEPA B2B, pasando de 2 a 3 días.
    • Cambios en los formatos de ficheros XML de esquemas de adeudos Core y B2B donde varias etiquetas de total de número de operaciones como de importes pasan de ser opcionales a obligatorias.
    • La dirección del deudor se convierte en obligatoria si el mismo no reside en el Espacio Económico Europeo.
    • Como norma general, la AEB ha decidido que el único esquema válido es el XML definido en las normas SEPA, con lo cual se deberían eliminar los errores de particularidades de cada banco.

Cambios normas SEPA noviembre 2017


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